En el Mes de la Patria, la Constitución Política de Nicaragua cumple casi cuatro décadas desde su promulgación, nacida en una etapa histórica de defensa de la independencia y la soberanía nacional. Promulgada el 9 de enero de 1987 como fruto de la Revolución Popular Sandinista, la Carta Magna ratificó derechos del pueblo y afianzó principios de justicia social y dignidad nacional que han acompañado al país desde entonces, mientras las disposiciones incorporadas recientemente amplían esa protección al impedir que leyes extranjeras pretendan imponerse dentro del territorio nacional y resguardan el derecho de los nicaragüenses a decidir por sí mismos, preservar su seguridad y vivir en paz.
Actualmente este mes patrio no celebra el aniversario de la Constitución ni corresponde todavía su día oficial, que desde 2025 se conmemora cada 9 de enero, fecha en que fue promulgada en 1987. Dedicarle atención en septiembre tiene otra razón, porque la patria también se manifiesta en la ley fundamental que rige al país, ampara los derechos de los nicaragüenses y establece las bases sobre las que se organiza la República. De ahí que este mes también recuerde el valor de una Constitución que da sustento jurídico a la independencia conquistada a lo largo de nuestra historia, reconoce al pueblo como depositario de la soberanía y le reserva el derecho de decidir el destino de Nicaragua.
Esa defensa de las decisiones nacionales adquirió mayor alcance con la incorporación al artículo 12 de una disposición que prohíbe aplicar en Nicaragua leyes extranjeras cuando atenten contra la independencia, la soberanía, la autodeterminación, la seguridad o la paz del país. La Asamblea Nacional aprobó por unanimidad esta reforma el 22 de agosto y dejó establecido que ninguna norma dictada por otro Estado, grupo de Estados u organismo internacional tendrá efectos jurídicos en territorio nicaragüense bajo esas circunstancias, sin afectar los convenios suscritos y ratificados por Nicaragua conforme a sus propias leyes.
El artículo 12 ya establece cómo Nicaragua se relaciona con las demás naciones y reconoce el Derecho Internacional que el país acepta y ratifica en ejercicio de su soberanía. También rechaza cualquier agresión o intervención política, militar, económica, cultural o religiosa en los asuntos internos de los Estados, al tiempo que promueve relaciones basadas en el respeto, la amistad, la solidaridad y la reciprocidad. La reciente modificación se suma a esos preceptos y deja expresamente establecido que las decisiones tomadas fuera de Nicaragua no pueden adquirir fuerza jurídica dentro del país cuando lesionen los derechos que la propia Constitución protege.
A partir de ahí, la Carta Magna extiende sus disposiciones a otros asuntos que definen la postura de Nicaragua ante el mundo, al favorecer que las diferencias entre países se resuelvan por medios pacíficos y excluir el uso de armas nucleares o de cualquier otro medio de destrucción masiva. También concede asilo a quienes sean perseguidos por razones políticas y promueve la integración de Centroamérica junto con la unidad latinoamericana y caribeña, principios mediante los cuales el país participa en la comunidad internacional sin renunciar a las facultades que ejerce dentro de su territorio.
Esa relación con el mundo parte también del reconocimiento de que ningún Estado debe quedar subordinado a otro. Desde esa base, Nicaragua puede establecer acuerdos y cooperar con otras naciones sin entregar las facultades que le corresponden como país, mientras las decisiones sobre sus asuntos internos continúan sujetas a las leyes y autoridades nacionales.
La Constitución también fija consecuencias para las personas que participen en acciones dirigidas a quebrantar el orden constitucional o comprometer los intereses del país. Las reformas impiden optar a cargos de elección popular y desempeñar funciones públicas a quienes hayan encabezado o financiado golpes de Estado, promovido rupturas institucionales, solicitado sanciones, bloqueos o una intervención extranjera contra Nicaragua, además de recibir recursos del exterior destinados a actividades prohibidas por las leyes nacionales. De esta manera, las conductas calificadas como traición a la patria tienen efectos expresamente definidos e inhabilitan para asumir responsabilidades dentro del Estado.
Más allá de las reformas que han actualizado su contenido, la Constitución ha sido decisiva en la historia y en la vida jurídica de Nicaragua. Es la ley fundamental de la República, de ella nace el marco que ordena al Estado y ninguna norma puede colocarse por encima de sus disposiciones. Su importancia se comprende al mirar la historia de un país que ha defendido el derecho a gobernarse mediante sus propias instituciones y a establecer las reglas que rigen dentro de sus fronteras. El texto constitucional protege los derechos de los ciudadanos al mismo tiempo que establece la manera en que debe ejercerse el poder público, de modo que las leyes aprobadas en el país tienen que respetar lo que la Constitución dispone y desarrollarse a partir de ella. Por eso se le conoce como la madre de las leyes, porque todo el orden jurídico debe ajustarse a lo que ella establece.
De esa condición como ley superior nace también su permanencia como referencia jurídica de la República, aun cuando el país atraviese distintas etapas y la Constitución se modifique para responder a nuevas circunstancias. El texto promulgado en 1987 ha llegado hasta el presente con cambios insertados a lo largo de los años, pero conserva el principio de que los asuntos de Nicaragua deben resolverse conforme a su propio ordenamiento. En el Mes de la Patria, recordarla significa hablar de la base legal que acompaña la historia institucional del país y que seguirá rigiendo más allá de una fecha conmemorativa, porque en sus artículos quedan establecidos los derechos, deberes y reglas bajo los cuales los nicaragüenses construyen su convivencia y conducen los destinos de la nación.













