COMUNICADO DEL GOBIERNO DE NICARAGUA
AUDIENCIAS ORALES CIJ
ALEMANIA Y EL PUEBLO PALESTINO
El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional informa al Pueblo de Nicaragua y a la Comunidad Internacional que hoy concluyeron las audiencias orales ante la Corte Internacional de Justicia en relación a las objeciones preliminares interpuestas por la República Federal de Alemania en el caso incoado por Nicaragua en razón del incumplimiento de ciertas obligaciones internacionales con respecto al Territorio Palestino Ocupado (Alleged Breaches of Certain International Obligations in respect of the Occupied Palestinian Territory).
Nicaragua rechazó las objeciones preliminares de Alemania, demostró que existe una con-troversia formal, que se cumplen las normas de competencia temporal y basadas en los tratados, y que Israel no es una parte indispensable en el proceso, ya que la sentencia solicitada se refiere explícitamente a las obligaciones jurídicas independientes de Alemania en virtud del derecho consuetudinario y del derecho de los tratados. Nicaragua enfatizó ante la Corte que esto es un intento de Alemania por evadir el escrutinio de la Corte sobre las actividades de ésta que violan el derecho internacional y el in-cumplimiento de la Orden de la Corte del 30 de abril de 2024.
Nicaragua recordó que en este caso invoca la responsabilidad de Alemania en relación con múltiples violaciones del derecho internacional, en particular en lo que respecta al odioso flagelo del genocidio y al derecho internacional humanitario, pero también al derecho a la autodeterminación y a la prohibición de la discriminación racial, la segregación racial y el apartheid; a través de su apoyo político, financiero y militar a las acciones de Israel en el Territorio Palestino Ocupado. Nicaragua sostuvo que Alemania no puede alegar desconocimiento de la catastrófica situación del pueblo palestino. Así mismo, se recordó que Alemania ha ignorado la Orden de la Corte del 30 de abril de 2024 sobre la transferencias de armas, y ha incrementado significativamente sus lucrativas exportaciones de armas a Israel, ha normalizado tácticas militares ilegales y ha bloqueado sistemáticamente cualquier medida en contra de Israel.
El Agente de Nicaragua, Carlos Argüello, fue asesorado por un equipo jurídico inter-nacional diverso integrado por:
Prof. Alain Pellet, catedrático emérito de la Universidad de París-Nanterre, expresidente de la Comisión de Derecho Internacional, miembro y expresidente del Institut de droit international,
Dr. Daniel Müller, socio fundador de FAR Avocats, miembro del Colegio de Abogados de París,
Prof. Alfredo Crosato Neumann, profesor adjunto de Derecho Internacional en la Universidad Kadir Has de Estambul; miembro del Colegio de Abogados de Lima,
Prof. Ardi Imseis, catedrático de Derecho Internacional de la Facultad de Derecho de la Universidad de Queen’s y abogado colegiado en el Colegio de Abogados de Ontario (Canadá),
Dra. Susan Power, licenciada en Derecho (NUI Galway), doctora (Trinity College de Dublín) y becaria posdoctoral (Centro Irlandés de Derechos Humanos, NUI Galway)
Prof. William Schabas, OC, MRIA, catedrático de Derecho Internacional de la Universidad de Middlesex y catedrático emérito de Derecho Penal Internacional y Derechos Humanos de la Universidad de Leiden,
LLM. Anisha Patel, responsable de acciones legales de Law for Palestine,
Dr. Pearce Clancy, investigador del Trinity College de Dublín,
Sr. Ysam Soualhi, investigador en Derecho Internacional de la Universidad de Angers
LLM. Claudia Loza, Asesora Jurídica Inter-nacional del Ministerio de Relaciones Exteriores de Nicaragua.
También formaron parte de la Delegación de Nicaragua el Embajador Ammar Hijazi, Representante Permanente del Estado de Palestina ante las organizaciones internacionales en La Haya y el Sr. Mohammad Ayyad, asesor jurídico de la Misión Permanente del Estado de Palestina ante las organizaciones internacionales en La Haya.
Nicaragua desea agradecer una vez más el apoyo del equipo legal, y de las y los colaboradores que han brindado su apoyo en este caso, el cual se ha presentado en cumplimiento de las obligaciones internacionales de Nicaragua de tomar todas las medidas necesarias para detener las violaciones a las normas más fundamentales del derecho internacional en contra del Pueblo Palestino. Nicaragua también agradece el apoyo de la representación de Palestina en La Haya.
El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional reafirma su firme compromiso con el Estado de Derecho a Nivel Internacional y la solución pacífica de las controversias entre Estados.
Managua, 10 de Septiembre de 2026.
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Versión en inglés
COMMUNIQUE OF THE GOVERNMENT OF NICARAGUA
ORAL HEARINGS IN CIJ
GERMANY AND THE PEOPLE OF PALESTINE
The Government of Reconciliation and National Unity informs the people of Nicaragua and the international community that the oral arguments before the International Court of Justice regarding the preliminary objections filed by the Federal Republic of Germany in the case brought by Nicaragua concerning the Alleged Breaches of Certain International Obligations in Respect of the Occupied Palestinian Territory.
Nicaragua rejected Germany’s preliminary objections, demonstrated that a formal dispute exists, that the criteria for temporal jurisdiction and treaty-based jurisdiction are met, and that Israel is not an indispensable party to the proceedings, since the requested judgment explicitly refers to Germany’s independent legal obligations under customary international law and treaty law. Nicaragua emphasized before the Court that this constitutes an attempt by Germany to evade the Court’s scrutiny of its activities that violate international law and its failure to comply with the Court’s Order of April 30, 2024.
Nicaragua recalled that in this case it invokes Germany’s responsibility in connection with multiple violations of international law, particularly with regard to the heinous scourge of genocide and international humanitarian law, but also to the right to self-determination and the prohibition of racial discrimination, racial segregation, and apartheid; through its political, financial, and military support for Israel’s actions in the Occupied Palestinian Territory. Nicaragua maintained that Germany cannot claim ignorance of the catastrophic situation facing the Palestinian people. Likewise, it was noted that Germany has ignored the Court’s Order of April 30, 2024, regarding arms transfers, has significantly increased its lucrative arms exports to Israel, has normalized illegal military tactics, and has systematically blocked any measures against Israel.
Nicaragua’s Agent, Carlos Argüello, was advised by a diverse international legal team composed of:
Prof. Alain Pellet, professor emeritus at the University of Paris-Nanterre, former president of the International Law Commission, and member and former president of the Institut de droit international,
Dr. Daniel Müller, founding partner of FAR Avocats and member of the Paris Bar Association,
Prof. Alfredo Crosato Neumann, adjunct professor of international law at Kadir Has University in Istanbul and member of the Lima Bar Association,
Prof. Ardi Imseis, professor of international law at Queen’s University School of Law and a member of the Law Society of Ontario (Canada),
Dr. Susan Power, Bachelor of Laws (NUI Galway), Ph.D. (Trinity College Dublin), and postdoctoral fellow (Irish Center for Human Rights, NUI Galway)
Prof. William Schabas, OC, MRIA, Professor of International Law at Middlesex University and Professor Emeritus of International Criminal Law and Human Rights at Leiden University,
LLM. Anisha Patel, Legal Director at Law for Palestine,
Dr. Pearce Clancy, Research Fellow at Trinity College Dublin,
Mr. Ysam Soualhi, Researcher in International Law at the University of Angers,
LLM. Claudia Loza, International Legal Advisor for the Ministry of Foreign Affairs of Nicaragua.
Also part of the Nicaraguan delegation were Ambassador Ammar Hijazi, Permanent Representative of the State of Palestine to International Organizations in The Hague, and Mr. Mohammad Ayyad, Legal Advisor to the Permanent Mission of the State of Palestine to International Organizations in The Hague.
Nicaragua wishes to once again express its gratitude for the support of the legal team and all those who have assisted in this case, which has been filed in fulfillment of Nicaragua’s international obligations to take all necessary measures to halt violations of the most fundamental norms of international law against the Palestinian people. Nicaragua also appreciates the support of the Palestinian delegation in The Hague.
The Government of Reconciliation and National Unity reaffirms its firm commitment to the rule of law at the international level and to the peaceful settlement of disputes between States.
Managua, September 10, 2026.
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Presuntos incumplimientos de determinadas obligaciones internacionales en relación con los
Territorio Palestino Ocupado
(Nicaragua contra Alemania)
Objeciones preliminares planteadas por Alemania
Discurso del agente
Carlos Argüello G.
10 de septiembre de 2026
(Duración estimada: 10’)
1. Señor Presidente, miembros del Tribunal, antes de proceder a la lectura de las conclusiones de Nicaragua, haré algunas breves observaciones en respuesta a algunas de las observaciones de Alemania.
2. En primer lugar, Alemania ha detallado algunas de las instituciones cívicas y humanitarias que financia en el Territorio Palestino Ocupado1 . Señor Presidente, este apoyo financiero queda totalmente neutralizado por la exportación de armamento de Alemania a Israel, la potencia ocupante. El absurdo jurídico y moral es profundo. Alemania contribuye a estas iniciativas palestinas al tiempo que arma al Estado que participa activamente en el desplazamiento y la destrucción de los palestinos. Esto convierte su balance humanitario en un ejercicio inútil de financiación de la ayuda a las mismas víctimas que sus exportaciones militares ayudan a crear.
3. En segundo lugar, Alemania explicó que apoyaba la aplicación del «Plan Integral para Poner Fin al Conflicto en Gaza»2 . Desde el llamado alto el fuego, 1 358 palestinos han perdido la vida y otros 4 541 han resultado heridos solo en la Franja de Gaza3 . De hecho, hace unos días y por segunda vez en un mes, se celebró en la Franja de Gaza un funeral masivo de niños.4 Es evidente que esta iniciativa infructuosa no justifica el apoyo continuado de Alemania a la comisión de crímenes atroces contra los palestinos, que hemos detallado en nuestro escrito de alegaciones y durante estas audiencias.
4. La falta de cualquier apoyo efectivo por parte de Alemania a cualquier solución, o incluso a una pequeña contribución a la resolución de la tragedia en Palestina, queda patente en su negativa a sumarse a la iniciativa muy reciente de un grupo de Estados europeos más Canadá. Hace dos días, mientras Nicaragua presentaba su alegato oral, 12 países emitieron una declaración conjunta en la que anunciaban planes para imponer restricciones comerciales nacionales a los productos procedentes de los asentamientos ilegales israelíes. Alemania decidió no sumarse a estos países.5 Estos 12 países no eran desconocidos, sino vecinos y aliados de Alemania. Dos de los países que recibieron la nota verbal de Nicaragua en febrero de 2024, el Reino Unido y Canadá —y a los que Alemania ha intentado dar gran relevancia durante estas audiencias—, forman parte de la medida conjunta. La narrativa de que Nicaragua presentó su demanda contra Alemania, y no contra otros países, por «conveniencia» simplemente no resiste un análisis riguroso.6
5. Señor Presidente, en 1948 la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio impuso a todos los Estados partes, tal y como subraya su título, la obligación de prevenir y sancionar el delito de genocidio. Un año más tarde, los Convenios de Ginebra, de 12 de agosto de 1949, impusieron a todos los Estados partes la obligación de garantizar el respeto de los Convenios en todas las circunstancias. Si estas obligaciones erga omnes, de carácter fundamental, no pueden ejercerse ante esta Corte sin involucrar también al Estado que está violando directamente los Convenios, entonces las obligaciones erga omnes se convierten únicamente en un derecho de cualquier Parte a llevar ante la Corte al Estado que causa directamente las violaciones materiales. Sería un resultado lamentable, en estos tiempos turbulentos, que la Corte limitara los efectos de estas obligaciones erga omnes fundamentales.
Conclusiones de Nicaragua
6. Señor Presidente, procederé ahora a leer las conclusiones de Nicaragua:
Por los motivos expuestos en su escrito de alegaciones y durante la vista oral sobre las excepciones preliminares, la República de Nicaragua solicita a la Corte:
• que desestime las excepciones preliminares presentadas por la República Federal de Alemania, tanto en lo que respecta a la competencia como a la admisibilidad;
• que proceda al examen del fondo del asunto con la urgencia que requiere este caso.
7. Con esto concluye el alegato de Nicaragua. Gracias por su amable atención. Quisiera también dar las gracias a la Secretaría, a su personal y a los intérpretes por su inestimable ayuda. Mi agradecimiento también al equipo de Nicaragua y a los miembros de la delegación alemana.













