La Asamblea Nacional aprobó la reforma a la Ley 761, Ley General de Migración y Extranjería de Nicaragua, y la adición a la Ley 641, Código Penal de la República de Nicaragua, con el objetivo de modernizar y actualizar este marco legal para adaptarlo a las realidades y necesidades actuales.

El dictamen subraya que el objetivo principal de estas reformas, es reforzar los controles fronterizos y combatir delitos como el crimen organizado, tráfico ilícito de migrantes, trata de personas, explotación laboral, terrorismo, y otros actos que puedan amenazar la soberanía, independencia y paz de Nicaragua.

“Esta reforma moderniza y actualiza marco jurídico de la Dirección General de Migración y Extranjería para cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de la República de Nicaragua y continuar fortaleciendo la soberanía, la seguridad y la paz en nuestro país”, aseguró la diputada Patricia Sánchez, de la Comisión de la Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos.

Afirmó además que estas modificaciones responden a los requerimientos de fortalecer el marco jurídico “para adecuarla a los nuevos tiempos que permitan fortalecer los controles fronterizos a nivel nacional y garantizar la seguridad ciudadana posicionando a nuestro país como uno de los países más seguros de la región y continuar siendo un referente de seguridad en América Latina”, añadió..

El diputado Filiberto Rodríguez, destacó, durante la lectura del dictamen favorable a la ley, aspectos destacados.

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“UNO; la decisión soberana del Estado de Nicaragua de otorgar, denegar o cancelar el ingreso, permanencia, residencia o nacionalidad adquirida, DOS; fortalecer los controles fronterizos a nivel nacional, TRES; establecer la base jurídica para la transición del el uso de pasaportes de lectura mecánica o electrónica, CUATRO; permitir a los ciudadanos y ciudadanas de otras nacionalidades adquirir más una subcategoría migratoria y se incorpora la categoría de "visas de negocios" acorde a la promoción de la inversión y convenios bilaterales, CINCO; ampliar el plazo de 72 horas a 7 días hábiles para la circular de forma preventiva a los menores de edad, a solicitud de uno de los padres cuando exista riesgo de intención de uno de ellos de llevárselo fuera del país sin el permiso correspondiente, prevenir la explotación laboral de migrantes, al reducir el plazo para que empleadores informen a las autoridades migratorias de la contratación de ciudadanos o ciudadanas de otras nacionalidades, incorporar tasas por servicios migratorios que requieren los ciudadanos nacionales y de otras nacionalidades no contempladas en la ley y OCHO; se realiza reformas a la ley 641, Código Penal, para desalentar la evasión de controles migratorios con fines ilícitos”, detalló.

De acuerdo Rodríguez estas reformas y adiciones contribuirán “a fortalecer los mecanismos necesarios para prevenir y combatir en tráfico ilícito de migrantes, la trata de personas, explotación laboral, terrorismo, delitos conexos y acciones internas o externas que menoscaben la integridad, independencia, soberanía, autodeterminación nacional, paz, orden constitucional y fomenten o insten a actos terroristas o desestabilización económica y social del país”, explicó. ASAMBLEA3ASAMBLEA4 

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