El 19 de Noviembre de 2012 la Corte Internacional de Justicia dictó Sentencia delimitando la Zona Económica Exclusiva de Nicaragua en el Mar Caribe hasta las 200 millas marinas desde las líneas de base de las costas nicaragüenses. Colombia rehusó cumplir dicha Sentencia desde el mismo día en que fue dictada y posteriormente denunció el Pacto de Bogotá en un intento de impedir que Nicaragua pudiera acudir a la Corte nuevamente para denunciar las violaciones de los derechos soberanos y los espacios marítimos nicaragüenses en el mar Caribe.
Ante esta situación, y antes que entrara en vigor la denuncia del Pacto de Bogotá, el Gobierno de Nicaragua presentó demanda en contra de Colombia ante la Corte Internacional de Justicia el día 26 de noviembre 2013, mediante la cual solicitó a la Corte que se declaren las violaciones por parte de Colombia de los espacios marítimos de Nicaragua, tal y como fueron reconocidas por el Fallo de la Corte del 19 de noviembre de 2012.
En 2014 Colombia presentó objeciones preliminares a la jurisdicción de la Corte y solicitó al Alto Tribunal de Naciones Unidas que se declarase incompetente para conocer la demanda presentada por Nicaragua en su totalidad. La Corte rechazo las objeciones preliminares de Colombia y anunció su competencia para conocer el caso; sobre el cual, Colombia además presentó 4 puntos de contrademandas. La Corte consideró inadmisibles dos de las contra-demandas, y dio paso a otras dos para ser consideradas dentro del proceso de fondo. La primera contra-demanda versa sobre violaciones a los presuntos derechos de pesca históricos de la población raizal del Archipiélago de San Andrés y Providencia, y la segunda, sobre presunta violación al derecho internacional en relación con las líneas de base recta trazadas por Nicaragua. En septiembre de 2021 se celebraron audiencias orales públicas sobre el fondo del asunto.
El día de hoy la Corte Internacional de Justicia ha dictado sentencia firme, definitiva y de obligatorio cumplimiento en la que da la razón a Nicaragua al confirmar que Colombia implementó una política de estado que ha violado la jurisdicción y los derechos soberanos de Nicaragua al:
• Interferir con las actividades de pesca, investigación científica marina y operaciones navales de Nicaragua en su zona económica exclusiva
• Intentar imponer medidas de conservación a los recursos naturales y medio ambiente marino de Nicaragua
• Autorizar actividades de pesca en la zona económica exclusiva de Nicaragua
• Emitir el Decreto Presidencial 1946 del 9 de septiembre de 2013
La Corte Internacional de Justicia ha ordenado a Colombia cesar su conducta ilegal en todos los aspectos mencionados y reformar su legislación de conformidad al derecho internacional consuetudinario, en particular las provisiones del Decreto Presidencial 1946 y sus reformas, de tal forma que las mismas no abarquen áreas pertenecientes a Nicaragua ni tampoco se arrojen facultades incompatibles con el derecho internacional.
De igual forma, el Alto Tribunal ha confirmado que Nicaragua no ha violado derecho alguno de pesca histórico de la población raizal del Archipiélago de San Andrés y Providencia. Al mismo tiempo, la Corte reconoció como positivo el gesto del Gobierno de Nicaragua al expresar interés en abordar bilateralmente por la vía de un acuerdo la situación de la población raizal del Archipiélago.
La sentencia ha dejado en claro explícitamente que Nicaragua es el estado soberano para extender permisos de pesca, y cualquier permiso de exploración y explotación de los recursos en sus áreas, así como de conservar el medio ambiente marino de toda su zona económica exclusiva, entre otros, de acuerdo al derecho internacional, la Convención de Cartagena y el Protocolo relativo a las áreas y a la flora y fauna silvestres especialmente protegidas. En ese sentido, queda confirmado que la Reserva de Biósfera del Caribe Nicaragüense creada en el 2021 se encuentra dentro de las áreas jurisdiccionales de Nicaragua en conformidad con las normas internacionales.
Finalmente, Nicaragua tomará los pasos necesarios para ajustar su legislación con respecto a sus líneas de base recta en el Mar Caribe para que las mismas puedan cumplir a cabalidad con las recomendaciones del Alto Tribunal.
El Gobierno de Reconciliación y Unidad Nacional reafirma su firme compromiso con el Estado de Derecho a Nivel Internacional y la solución pacífica de las controversias entre los Estados. En particular, Nicaragua desea hacer notar que nuestro recurso al más alto Tribunal de Justicia, y la reiterada presencia de Nicaragua ante dicho Tribunal desde el año de 1984, es una muestra palpable de ese compromiso.
Managua, 21 de Abril 2022
Daniel Ortega Rosario Murillo.