Mediante videoconferencia diputados explicaron a representantes y miembros de ONG nacionales y extranjeras acreditados en Nicaragua, las iniciativas de reformas a leyes que serán discutidas en la Asamblea Nacional para su aprobación en beneficio de los nicaragüenses.

Estas iniciativas comprenden la reforma al Artículo 37 de la Constitución Política sobre la prisión perpetua para crímenes atroces y odio, Código Procesal Penal y a la Ley de Defensa del Derecho de los Consumidores.

En ese sentido, el diputado Edwin Castro, presidente de la bancada sandinista, expresó que la reforma constitucional al Artículo 37, que ya fue aprobada en segunda legislatura en enero de este año, crea como pena la prisión perpetua revisable, y el Código Penal debe readecuarse a ese ordenamiento y regular cómo va a ser aplicada y funcional.

Explicó que la prisión perpetua revisable está determinada para crímenes atroces como medida excepcional para este tipo de crímenes, lo que significa que la legislación normal y ordinaria sigue siendo con pena máxima de 30 años.

Con esto no estamos quitando la concepción humanitaria de nuestro sistema penal, ni la concepción educativa y reeducativa de nuestro sistema penitenciario; por el contrario, estamos dando respuesta a más de 3 millones de nicaragüenses, hombres y mujeres, que presentaron ante la Asamblea Nacional sus firmas exigiéndonos que se legislara para la prisión perpetua revisable”, dijo el diputado.

Creemos que con esto además de cumplirle a los tiempos actuales, estamos cumpliendo al sentimiento de nuestro pueblo que es quien es el dueño de la soberanía y el dueño de la legislación en este país y en todos los países que nos consideramos democráticos”, refirió.

Además, indicó que los femicidios que sean atroces también serán penalizados con prisión perpetua revisable y en el Código ya quedan tipificados los asesinatos atroces, crímenes atroces y odio de repudio social.

Reforma al Código Procesal Penal

Con respecto a la reforma al Código Procesal Penal, la diputada Auxiliadora Martínez, presidenta de la Comisión de Justicia y Asuntos Jurídicos, expuso que esta iniciativa de ley contempla las reformas a los artículos 256 y 253 del Código.

El artículo 256 está referido a la comparecencia del sujeto imputado en un plazo de 48 horas y el 253 a la audiencia especial de garantías constitucionales y el plazo razonable para la investigación.

Martínez mencionó que la reforma del artículo 256 sigue manteniendo que la comparecencia del sujeto es dentro de las 48 horas de su detención o vencido el plazo para la investigación complementaria.

No obstante, en el artículo 253 se establece que, si el Ministerio Público considera que es necesario, que la investigación no está clara y no tiene todos los argumentos necesarios para poder sustentar la acusación, de manera inmediata presenta al reo y pide al juez la audiencia especial de garantías sustentables, de manera sustentada, solicita extender un plazo no menor de 15 días ni mayor a 90 para poder continuar el proceso investigativo.

La ampliación del caso de investigación permitirá fortalecer las garantías constitucionales, preservar el principio de presunción de inocencia, permitir una adecuada defensa de la persona investigada hacia los elementos que puedan conducir a una sentencia debidamente motivada y ajustada a derecho”, puntualizó.

Proteger a usuarios financieros

Por su parte, el diputado Wálmaro Gutiérrez, presidente de la Comisión de Producción, Economía y Presupuesto, explicó que la reforma a la Ley de Defensa de Derechos del Consumidor, no va en contra de ningún sector y reconoce de manera clara, concreta y objetiva, la dimensión del Estado como consumidor de bienes y servicios.

La reforma persigue que la institución financiera notifique al usuario la cancelación y motive las causas por las que lo hace.

El objetivo fundamental que persigue esta reforma es ir corrigiendo de manera gradual, efectiva, esta relación desigual entre el proveedor de servicios financieros y el usuario de servicios financieros. No es posible en este siglo XXI que nosotros sigamos con esa concepción clásica, de que en esta relación desigual haya una parte de la relación contractual que decida quién vive y quién funciona financieramente y quién no, y lo peor del caso, es que ni siquiera tenga la responsabilidad de notificarte y justificarte”, dijo Gutiérrez.

videoconferencia

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