La Sala Constitucional de Corte Suprema de Justicia (CSJ) declaró nulas e ilegales a las dos directivas del Partido Acción Ciudadana (PAC), por haberse elegido ambas en asambleas extraordinarias sin el quórum requerido por sus estatutos internos.

La sentencia también recoge la ilegalidad incurrida al recurrir al Consejo Supremo Electoral sin agotar sus mecanismos internos.

La CSJ rechazó de plano el recurso interpuesto contra el Consejo Supremo Electoral por Juanita Cárdenas, representante se una de las facciones, en la que se alegaba silencio administrativo.

De acuerdo a los magistrados, el recurso se considera escueto y oscuro por no determinarse el agravio.

La Corte determinó que de acuerdo a lo establecido en cuanto a la división de poderes establecida en la Constitución Política de la República de Nicaragua y a las potestades del CSE, le corresponde a este último atender la sentencia y determinar la legalidad del partido.