La Asamblea Nacional aprobó la Ley de Reforma al Artículo 165 de la Constitución Política de Nicaragua, la que contó con el respaldo correspondiente y necesario de 76 diputados, derogando así el numeral 4 y reformando los numerales 5 y 6 para desvincular a los Registros Públicos de la administración de justicia, función propia el Poder Judicial.

La reforma permite la creación de un Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial como un organismo de la Corte Suprema de Justicia, al que se le confiere autonomía técnica y funcional para ejercer la competencia de coordinar, planificar y ejecutar la política administrativa y financiera del Poder Judicial, dirigir la carrera judicial y conocer, investigar y resolver en lo que competa las infracciones al régimen disciplinario en que incurran los profesionales del derecho y los funcionarios de la carrera judicial.

“La iniciativa presentada de reforma al artículo 165 de la Constitución es el que corresponde a la creación del Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial y en las atribuciones, la reforma lo que hace es derogar una de las atribuciones, quitarle la potestad en el manejo del sistema nacional de Registro Público y trasladarla a la Procuraduría General de la República, expresó el doctor Gustavo Porras, presidente de la Junta Directiva.

"El Consejo estará integrado por cuatro Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, incluido el presidente, quien los presidirá, por cuanto el presidente de la Corte Suprema de Justicia ejerce la representación administrativa, legal e institucional del Poder Judicial. Los tres miembros restantes del Consejo serán electos por el voto favorable de la mayoría de los integrantes del pleno de la Corte Suprema de Justicia, señaló.

Así mismo, los miembros del Consejo no formarán parte de ninguna de las salas de la corte y se dedicarán de manera exclusiva al ejercicio de dichas funciones durante su periodo, el cual tendrá una duración de dos años y medio, además, no podrán ser sustituidos por magistrados que integren cualquiera de las salas.

Aprueban Ley de Adscripción del Sistema Nacional de Registros (Sinare) a la Procuraduría General de la República

Con el objetivo de armonizar las labores del Sistema Nacional de Registros con las instituciones del Estado se adscribe a la Procuraduría General de la República para agilizar u optimizar la administración de los registros públicos de propiedad, mercantil, personas, garantías mobiliarias y beneficio final de Sociedades Mercantiles mediante reformas a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República, Ley Orgánica del Poder Judicial de la República de Nicaragua, Ley General de los Registros Públicos, Ley de Carrera Judicial y la Ley de Tasas de los Registros Públicos del Sistema Nacional de Registros.

“Son atribuciones de la Procuraduría General de la República, ejercer la representación legal del Estado en los negocios de cualquier naturaleza que se ventilen o deban ventilarse en los tribunales de justicia, ejercer la dirección, control y supervisión del Sistema Nacional de Registros (Sinare) y de su patrimonio y asignaciones presupuestarias que le corresponden”, detalló el diputado Alejandro Mejía, tercer secretario de la Junta Directiva.